Qué hacer si me despiden sin finiquito Barcelona
Publicado el 29 de octubre de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 10 min
Índice
- Qué es un despido sin finiquito y por qué ocurre
- Derechos inmediatos del trabajador en Barcelona
- Pasos urgentes y plazos clave para reclamar
- Documentación necesaria para iniciar la reclamación
- Cómo reclamar el finiquito en el SMAC de Barcelona
- Finiquito vs indemnización: diferencias y cálculos
- Casos especiales: disciplinario, objetivo, temporal y periodo de prueba
- Qué firmar y qué no firmar: consejos prácticos
- Modelos y plantillas útiles (requerimiento y papeleta)
- Preguntas frecuentes
Qué es un despido sin finiquito y por qué ocurre
Cuando recibes la noticia del cese de tu relación laboral y no te entregan la liquidación final, hablamos de despido sin finiquito. El finiquito es la suma de partidas económicas pendientes entre empresa y trabajador en el momento de la extinción del contrato: salario de días trabajados del último mes, parte proporcional de pagas extraordinarias si no están prorrateadas, vacaciones devengadas y no disfrutadas, horas extraordinarias y otros conceptos pactados (pluses, comisiones ya devengadas, etc.). No es una “indemnización” por despido; es la liquidación de deudas ordinarias. Por eso, debe pagarse independientemente del tipo de extinción y con independencia de que el despido sea disciplinario, objetivo, procedente o improcedente.
Que no te paguen el finiquito puede deberse a varios motivos: errores administrativos, tensiones en el cierre de la relación laboral, falta de liquidez de la empresa, discrepancias sobre variables o vacaciones, o una estrategia para forzar una firma precipitada. En ocasiones te presentarán un documento denominado “recibo de saldo y finiquito” para que firmes de inmediato; sin embargo, la firma debe ir acompañada del pago efectivo o, en su defecto, de una propuesta clara y justificable con posibilidad real de revisión. Si no hay abono, es legítimo no firmar conforme y anotar “no conforme” junto con la fecha, solicitando copia.
En Barcelona y en toda Cataluña, la práctica correcta es entregar la liquidación en la fecha de efecto de la extinción o en un plazo muy breve y justificado. Si no la recibes, estás habilitado para reclamar vía conciliación administrativa y, si no hay acuerdo, demanda judicial. Entender esta distinción entre finiquito (liquidación) e indemnización (compensación por la causa del despido) es clave para planificar tu estrategia: puedes exigir el finiquito aunque estés discutiendo la procedencia del despido y, si procede, reclamar además salarios adeudados o diferencias.
Idea clave: el finiquito es dinero ya ganado o devengado. No depende de que el despido sea justo o injusto. Si no te lo pagan, puedes reclamar de inmediato.
Derechos inmediatos del trabajador en Barcelona
Tras un despido sin finiquito en Barcelona, tus derechos inmediatos pasan por recibir la documentación esencial (carta de despido con la fecha de efectos, certificado de empresa para prestaciones, nómina final y recibo de liquidación). La empresa está obligada a liquidar los importes devengados, incluidos festivos o fines de semana trabajados y vacaciones acumuladas. Si no lo hace, puedes exigirlo por escrito, iniciar conciliación ante el órgano de mediación y, si persiste el impago, presentar demanda. Además, el retraso injustificado en el pago puede dar lugar a intereses de demora. Paralelamente, conservas tu derecho a impugnar la causa del despido si la consideras improcedente o nula, así como a solicitar, en su caso, salarios de tramitación si finalmente se declara la nulidad con readmisión.
En materia de prestaciones por desempleo, no necesitas el finiquito para solicitar el paro; lo determinante es el certificado de empresa y la acreditación de la extinción. Es recomendable pedir cita o tramitar telemáticamente la prestación dentro del plazo que marque el servicio público competente. A nivel autonómico y municipal, en Barcelona puedes encontrar asesoramiento gratuito o de bajo coste en sindicatos, colegios profesionales y oficinas de información al trabajador, lo que te ayudará a evaluar la cuantía correcta del finiquito y las vías de reclamación.
- Derecho a la liquidación completa de salarios, vacaciones y pagas extra no prorrateadas.
- Derecho a recibir documentación finiquitada y el certificado de empresa.
- Derecho a reclamar mediante conciliación y demanda por impago.
- Derecho a impugnar la procedencia del despido (conciliación y juzgado).
- Acceso a asesoramiento laboralista para revisar cantidades y estrategia.
Consejo práctico: solicita siempre copias firmadas o registra tus escritos por medios fehacientes. La trazabilidad de fechas y requerimientos es vital para tu éxito.
Pasos urgentes y plazos clave para reclamar
En un despido sin finiquito hay dos vías que pueden concurrir: la reclamación de cantidades (finiquito impagado y otros atrasos) y la impugnación del despido si no estás de acuerdo con la causa alegada. La reclamación de cantidades puede iniciarse de inmediato mediante requerimiento escrito y, si no hay respuesta, a través de conciliación administrativa y demanda. Para impugnar el despido, el plazo es muy estricto: 20 días hábiles desde la fecha de efectos. Antes de la demanda, es obligatoria la conciliación, por lo que conviene presentar cuanto antes la papeleta para no agotar el plazo. Es perfectamente viable reclamar simultáneamente el finiquito y, en paralelo, discutir la procedencia del cese.
Actúa con un orden claro: 1) Recopila la documentación esencial y calcula preliminarmente el finiquito. 2) Envía un requerimiento a la empresa exigiendo el pago y ofreciendo una vía de entrega (transferencia o cheque bancario). 3) Presenta la papeleta de conciliación dentro del plazo si vas a impugnar el despido; la presentación interrumpe el cómputo hasta la celebración del acto o su intento. 4) Si no hay acuerdo o la empresa no comparece, presenta la demanda en el Juzgado de lo Social competente. No dejes la preparación para el final: es habitual que aparezcan diferencias en variables, comisiones o vacaciones cuya revisión requiere tiempo y pruebas.
Checklist exprés:
- Calcula días trabajados y vacaciones devengadas.
- Revisa si las pagas extra están prorrateadas o no.
- Recopila nóminas, contrato, comunicaciones y cuadrantes.
- Prepara un requerimiento escrito con fecha y firma.
- Presenta la papeleta de conciliación dentro de los 20 días hábiles si impugnas.
Documentación necesaria para iniciar la reclamación
Una reclamación sólida se apoya en documentos. Reúne tu contrato y anexos, las últimas nóminas, justificantes de pagos variables, cuadrantes o partes de trabajo, fichajes, correos con instrucciones, comunicaciones de objetivos y cualquier documento que acredite días trabajados y conceptos devengados. La carta de despido con fecha de efectos es esencial; si no te la han dado, solicita su entrega por escrito. Si existe un recibo de finiquito sin pago, conserva la copia y, si firmaste, verifica si aparece “no conforme”. Guarda también conversaciones relevantes (correo o mensajería corporativa), especialmente si demuestran disponibilidad para trabajar hasta la fecha de cese o promesas de pago no cumplidas.
En Barcelona, si trabajabas con turnos o variables (hostelería, retail, logística), los cuadrantes firmados y los tickets de caja o reportes del sistema pueden ser decisivos para acreditar horas y comisiones. Si la empresa usa fichaje biométrico o apps, solicita un informe de marcajes. Cuando haya dudas sobre vacaciones, calcula los días generados desde el 1 de enero (o desde el inicio de contrato), descuenta los disfrutados y suma la parte proporcional pendiente.
- Contrato y anexos (variables, objetivos, pluses).
- Nóminas de los últimos 12 meses y justificantes de pago.
- Cuadrantes, fichajes y partes de trabajo.
- Correos y comunicaciones internas relevantes.
- Carta de despido y, si existe, recibo de finiquito.
Tip profesional: crea una carpeta digital con todo fechado. Nombrar archivos con “AAAA-MM-DD - tipo - detalle” facilita el trabajo del abogado y acelera los plazos.
Cómo reclamar el finiquito en el SMAC de Barcelona
El paso habitual para reclamar cantidades y, en su caso, impugnar el cese, es presentar una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación y arbitraje de Barcelona. En la papeleta deben constar tus datos, los de la empresa (razón social, CIF y domicilio a efectos de notificaciones), una exposición clara de los hechos (fecha de alta y baja, categoría, salario, tipo de despido) y una petición concreta: pago del finiquito detallado por partidas, abono de salarios pendientes, diferencias y, si corresponde, impugnación del despido (solicitando su improcedencia o nulidad). Esta vía busca un acuerdo rápido con fuerza de cosa juzgada en lo pactado; si la empresa paga y ambas partes firman, se evita el juicio.
En la práctica, es recomendable acudir con cálculos desglosados (días y cuantías) y pruebas. Si la empresa propone una cifra inferior, pide que se refleje en el acta la protesta y los conceptos discutidos. Si no hay acuerdo o no comparece, el acta te habilita para interponer demanda. Recuerda que si también impugnas el despido, la presentación de la papeleta interrumpe el cómputo de los 20 días hábiles hasta el acto; no apures el tiempo.
En el acto de conciliación:
- Expón con serenidad cifras y conceptos (salario, extras, vacaciones).
- Solicita dejar constancia de desacuerdos y ofertas.
- Evita renuncias generales a derechos no discutidos.
- Si hay acuerdo, comprueba forma y fecha de pago (transferencia/cheque).
Finiquito vs indemnización: diferencias y cálculos
La confusión entre finiquito e indemnización es frecuente. El finiquito liquida cantidades ya devengadas: salario del mes en curso (días trabajados), vacaciones pendientes, parte proporcional de pagas extra si no estaban prorrateadas, horas extra y bonus/variables generados según criterios objetivos. La indemnización compensa la causa del despido (objetivo, colectivo, improcedente); no existe en baja voluntaria ni en todos los ceses. Puedes reclamar tu finiquito aunque la empresa sostenga un despido disciplinario sin indemnización.
Para calcular el finiquito, parte de tu salario diario regulador. Si cobras pagas extra aparte, suma la parte proporcional generada hasta la fecha de cese. En vacaciones, calcula los días anuales que te corresponden (por ejemplo 30 naturales/22 laborales, según convenio), prorratea por el tiempo trabajado en el año y resta los disfrutados. Las horas extra o comisiones deben acreditarse con partes, informes o tablas de ventas. La indemnización, si procede, puede ser de 20 días por año con tope, o 33/45 días según antigüedad y normativa aplicable al caso de improcedencia. Son vías diferenciadas: podrías aceptar un pago de finiquito correcto y mantener la impugnación del despido, o negociar un acuerdo global que incluya finiquito + indemnización.
- Finiquito: salarios devengados, vacaciones y extras. Se paga siempre.
- Indemnización: solo si la causa lo prevé o si el despido resulta improcedente/nulo.
- Prueba: nóminas, cuadrantes, variables acreditadas.
Recomendación: lleva una hoja de cálculo con desglose por conceptos y meses. Facilita el acuerdo en conciliación y reduce errores.
Casos especiales: disciplinario, objetivo, temporal y periodo de prueba
No todas las extinciones son iguales y cada una tiene efectos distintos sobre el finiquito y la posible indemnización. En el despido disciplinario, la empresa alega un incumplimiento grave; aquí no hay indemnización, pero el finiquito se mantiene íntegro (salarios, vacaciones, extras). Si la empresa usa este tipo para presionar, revisa la carta: debe describir hechos concretos y fechas. En el despido objetivo por causas económicas, técnicas u organizativas, sí hay indemnización mínima y preaviso; aun así, el finiquito debe abonarse. En contratos temporales, al finalizar, puede corresponder una indemnización por fin de contrato según normativa, además del finiquito. Durante el periodo de prueba, la extinción puede no generar indemnización, pero el finiquito sí procede por días trabajados y vacaciones devengadas.
Otra casuística relevante incluye bajas voluntarias (no hay indemnización, pero sí finiquito), extinciones por incumplimiento grave del empresario (posible indemnización adicional), o ERTE/ERE (donde conviene revisar actas y acuerdos colectivos). Si existen variables o bonus anuales, la clave es si estaban condicionados a objetivos ya cumplidos a la fecha de cese. En contratos con jornadas irregulares, cuadrantes y fichajes serán imprescindibles para calcular vacaciones y horas.
- Disciplinario: sin indemnización, con finiquito completo.
- Objetivo: indemnización + finiquito; revisar preaviso y salarios.
- Temporal: fin de contrato con indemnización legal + finiquito.
- Periodo de prueba: sin indemnización, finiquito de días y vacaciones.
Claves: lee la carta, verifica fechas y conserva pruebas. La forma y los plazos pueden determinar el éxito de tu reclamación en Barcelona.
Qué firmar y qué no firmar: consejos prácticos
En el momento de la baja, es habitual que te presenten documentos para firmar con premura. Respira y aplica criterios claros: no firmes conforme si no hay pago. Puedes firmar la recepción de documentos (“recibí”) y anotar “no conforme” cuando discrepes de cantidades o conceptos. Evita cláusulas de renuncia genérica a acciones o derechos, especialmente si no hay una contraprestación real e inmediata. Exige copia de todo lo que firmes y, ante dudas, solicita un tiempo razonable para revisar con un profesional. Si la empresa condiciona la entrega del certificado de empresa a la firma del finiquito, eso es improcedente: el certificado debe entregarse en todo caso para que puedas solicitar el paro.
Cuando te ofrezcan un acuerdo económico global, verifica que incluya todos los conceptos (finiquito, salarios pendientes, variables, indemnización) y que la forma de pago sea clara y segura (transferencia en fecha concreta o cheque bancario nominativo). En conciliación, no aceptes términos ambiguos: las actas deben detallar cantidades y plazos. Y recuerda: la presión del “firma ahora o lo pierdes” es una táctica; el tiempo mínimo para revisión es razonable y usual.
- Firma recepción con “no conforme” si discrepas.
- No renuncies a derechos sin contraprestación real.
- Exige copia de todo y verifica importes y conceptos.
- Consulta antes de firmar acuerdos globales en conciliación.
Regla de oro: documento sin pago no convalida deudas. Si no te abonan el finiquito, sigue el cauce de reclamación sin miedo.
Modelos y plantillas útiles (requerimiento y papeleta)
Contar con modelos te permite actuar con rapidez y orden. Para el requerimiento a la empresa, incluye: identificación completa de las partes, fecha de la extinción, detalle de cantidades reclamadas por conceptos (salario de X días, vacaciones Y, pagas extra Z), modo de pago solicitado y un plazo breve para el abono (por ejemplo, 5 días hábiles). Indica que, de no atenderse, iniciarás la vía de conciliación. Envía el requerimiento por un medio fehaciente (burofax, correo certificado o registro electrónico si procede) y guarda el justificante de envío.
Para la papeleta de conciliación, estructura: a) tus datos y los de la empresa (razón social y domicilio), b) hechos y fecha de efectos del despido, c) petición: pago de finiquito desglosado y, si impugnas el despido, declaración de improcedencia o nulidad y abono de cantidades accesorias. Adjunta cálculo y documentación que respalde tus cifras. Señala un correo para notificaciones y, si lo deseas, solicita la presencia de representante legal de la empresa en el acto.
Estructura base — Requerimiento:
- Encabezado con datos y fecha.
- Relato breve del cese.
- Cuadro de cantidades por concepto.
- Plazo de pago y cuenta bancaria.
- Advertencia de conciliación/demanda si no se atiende.
Estructura base — Papeleta: partes, hechos, peticiones, firma y fecha, y anexos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir el paro si no me han pagado el finiquito? Sí. El acceso a prestaciones depende del certificado de empresa y de la acreditación del cese, no del pago del finiquito. Reclama el finiquito por la vía correspondiente y tramita el paro dentro de los plazos.
¿Qué plazo tengo para impugnar el despido? El plazo es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos. Antes de la demanda debes presentar la papeleta de conciliación; su presentación interrumpe el cómputo hasta el acto.
¿Y si firmé el finiquito pero no me pagaron? La firma sin pago no extingue la deuda. Si firmaste “no conforme”, mejor. En cualquier caso, puedes reclamar el abono íntegro con intereses si corresponde.
¿Puedo aceptar una parte y seguir reclamando? Sí, siempre que el acuerdo lo permita y no incluya renuncias generales. Si te proponen un pago parcial, deja constancia expresa de que sigues reclamando el resto.
¿Qué pasa si la empresa no acude a la conciliación? Se levantará acta sin avenencia y podrás presentar demanda judicial. Conserva el acta y los justificantes de cálculo para el juicio.