Qué hacer si no me pagan nómina Barcelona

Qué hacer si no me pagan nómina Barcelona

Publicado el 23 de septiembre de 2025


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Resumen rápido: qué hacer si no me pagan nómina en Barcelona

Si no te pagan la nómina en Barcelona, lo más importante es actuar con método y dentro de los plazos. La keyword operativa aquí es “reclamar salarios” y se articula en cuatro fases: 1) comunica por escrito el impago; 2) reúne pruebas (contrato, nóminas, extractos bancarios, correos); 3) presenta la papeleta de conciliación ante el SMAC (Servei de Mediació, Arbitratge i Conciliació) en Barcelona; y 4) si no hay acuerdo, demanda por cantidad reclamando salarios e intereses de mora. Cuando el impago es reiterado o grave, cabe solicitar la extinción indemnizada del contrato con derecho a prestaciones por desempleo. Si la empresa es insolvente, podrá responder FOGASA con límites.

Este artículo te ofrece una guía práctica, con un enfoque local para Barcelona y Cataluña, para que sepas qué hacer si no te pagan la nómina. Encontrarás los plazos que rigen la prescripción de salarios, cómo redactar y enviar un burofax eficaz, cuándo acudir a Inspección de Trabajo, cómo funciona la conciliación en el SMAC, y cómo calcular intereses por retraso. También explicamos vías en situaciones complejas: ERTE, variables, pluses, pagas extra, empresas en concurso o insolventes y, por supuesto, la cobertura de FOGASA.

  • Actúa pronto: el cobro de salarios prescribe al año.
  • Empieza por un burofax y guarda cada prueba del impago.
  • Presenta papeleta de conciliación ante el SMAC Barcelona antes de demandar.
  • Reclama intereses de mora y, si procede, extinción indemnizada.
  • Si hay insolvencia, acude a FOGASA.

Plazos para reclamar salarios y pagas extra

La regla de oro es simple: los salarios prescriben al año desde que pudieron exigirse. Esto incluye nóminas ordinarias, pagas extra, complementos, pluses y variables devengados. Por ejemplo, si tu nómina de junio quedó impagada, cuentas con doce meses desde la fecha de pago prevista para reclamar. Los atrasos de convenio y diferencias retributivas también siguen, por norma general, el límite anual. Perder el plazo significa perder la acción de reclamación, de ahí la importancia de actuar desde el primer mes de impago.

La presentación de la papeleta de conciliación ante el SMAC interrumpe el cómputo de la prescripción, y el plazo vuelve a empezar tras la conciliación. Del mismo modo, las reclamaciones extrajudiciales fehacientes —como un burofax— pueden servir para interrumpir plazos, aunque la vía segura es registrar cuanto antes la papeleta. Si, además, pretendes una extinción indemnizada por impago reiterado, conviene no dejar pasar meses sin reaccionar, porque los jueces valoran la inmediatez entre el incumplimiento y tu petición.

Ojo a los supuestos con variables o bonus sujetos a objetivos: el derecho nace cuando se liquidan según convenio o pacto (p. ej., al cierre del trimestre o ejercicio). Con las pagas extra, el devengo suele ser semestral y el pago al llegar la fecha fijada; si no se abona, inicia el año de prescripción. Mantén un calendario con cada concepto debido y su fecha exacta para no perder ningún importe.

  • Plazo general: 1 año.
  • La papeleta ante el SMAC interrumpe la prescripción.
  • Las pagas extra devengan y prescriben según su fecha de pago.
  • Documenta cada concepto y fecha para maximizar la reclamación.

Pasos inmediatos: comunicación, burofax y pruebas

Antes de dar pasos formales, envía una comunicación escrita a la empresa solicitando el pago de la nómina debida. Lo ideal es utilizar un burofax con certificación de texto y acuse de recibo, que deja constancia de lo requerido y de la fecha. En el burofax indica: mes impagado, cuantía neta y bruta según nómina, fecha en que debió abonarse, y un plazo breve (48–72 horas) para el pago. Mantén un tono respetuoso y evita expresiones que puedan interpretarse como dimisión.

Paralelamente, reúne pruebas. Guarda contrato, nóminas (recibos), transferencias anteriores, extractos bancarios acreditando la ausencia de ingreso, correos o mensajes en los que el empleador reconozca retrasos o problemas de tesorería, y cualquier documento de horas trabajadas, turnos o variables. Si la empresa te impide acceder al portal del empleado, anota fecha y hora del intento, y solicita por escrito las copias.

Si el impago es generalizado o reiterado, puedes presentar una denuncia en Inspección de Trabajo describiendo hechos y aportando documentación. Esto no sustituye la reclamación de cantidad, pero añade presión y puede derivar en sanciones a la empresa. En cualquier caso, no dejes que el tiempo corra en tu contra: prepara ya la papeleta de conciliación.

Checklist de pruebas: contrato, nóminas, justificantes bancarios, correos/mensajes, cuadrantes de horas, cálculo de variables, certificados de empresa, y copia del burofax con acuse.

Vía extrajudicial: papeleta de conciliación ante el SMAC

La papeleta de conciliación es, en la práctica, el paso que activa la negociación formal. En Barcelona se tramita ante el SMAC. La papeleta debe identificar a las partes, relatar los hechos con fechas y cantidades, y concretar lo que reclamas (salarios de meses X, Y y Z; pagas extra; intereses). Una vez registrada, el SMAC cita a trabajador y empresa a un acto de conciliación. Si hay acuerdo, se recoge en un acta con eficacia ejecutiva. Si no lo hay —“sin avenencia”—, quedas habilitado para presentar demanda.

En el acto, valora tu BATNA (mejor alternativa a un acuerdo): ¿cuánto tardarás en un juzgado? ¿Qué riesgo probatorio tienes? A menudo las empresas ofrecen fraccionar la deuda; otras proponen abonar parte y cerrar el resto. Exige siempre referencias claras (fechas exactas, importes brutos y netos) y, de pactar, solicita el ingreso inmediato o garantías. Si aceptas un acuerdo, revisa con atención las cláusulas de renuncia: no firmes renuncias genéricas a derechos futuros.

Recuerda: la papeleta interrumpe la prescripción. Presentarla pronto protege tu crédito. Aunque no es obligatorio acudir asistido, contar con un abogado laboralista en Barcelona mejora la redacción de la papeleta y la estrategia en el acto.

  • Describe hechos y cantidades con precisión.
  • Solicita intereses de mora y costas si procede.
  • Verifica que el acta recoja plazos de pago y vías de ejecución.

Demanda por cantidad y reclamación de intereses

Si la conciliación fracasa, la vía es la demanda por cantidad ante el Juzgado de lo Social de Barcelona (competente por el lugar de prestación de servicios o domicilio del demandado). La demanda debe incluir datos de identificación, hechos (impago de nóminas con fechas y cuantías), fundamentos jurídicos y petición: salarios e intereses por mora. La ley reconoce un interés especial para el retraso salarial que busca compensar al trabajador por el perjuicio sufrido. También puedes pedir costas en supuestos tasados.

Adjunta a la demanda toda la documentación: contratos, nóminas, extractos, comunicaciones y el acta del SMAC “sin avenencia”. En el juicio, la empresa tendrá oportunidad de justificar pagos, compensaciones o acudir a excusas de tesorería que, por regla, no bastan. El tribunal valorará prueba documental, testifical y, si procede, pericial (p. ej., para variables).

Si la sentencia te da la razón, podrás ejecutarla en caso de impago, embargando cuentas y bienes. Si durante la ejecución se acredita insolvencia o concurso, se abrirá la puerta a reclamar a FOGASA dentro de sus topes. Todo el itinerario —papeleta, demanda, ejecución— mantiene viva la reclamación y maximiza las posibilidades de cobro efectivo.

Consejo práctico: pide en la demanda intereses de mora y los intereses que procedan en ejecución. Controla el calendario para no dejar prescribir mensualidades antiguas mientras litigas por otras.

Impago reiterado, extinción indemnizada y paro

Cuando la empresa incumple de forma grave y reiterada la obligación de pagar, puedes solicitar judicialmente la extinción indemnizada del contrato. Es una medida drástica, pero adecuada si los retrasos son continuos o las deudas acumuladas. La indemnización que se reconoce en estos supuestos se equipara a la del despido improcedente, y la extinción permite acceder a la prestación por desempleo si reúnes requisitos. Para valorar si es tu mejor opción, analiza: antigüedad, cuantía debida, posibilidades reales de continuidad de la empresa y de cobro con o sin empleo.

La prueba es fundamental: cronología de impagos, nóminas devengadas y no pagadas, correos o comunicaciones que acrediten el incumplimiento, y, si existen, denuncias ante Inspección o acuerdos incumplidos en el SMAC. También conviene acreditar el perjuicio (p. ej., comisiones que dependen de pagos puntuales o gastos que no pudiste afrontar por el retraso).

No es lo mismo un retraso aislado que un patrón de impago. Si se trata de un episodio único en una empresa solvente, quizá baste con la reclamación de cantidad y un acuerdo en el SMAC. Si ves que la situación se repite o empeora, consulta la estrategia de extinción para cortar pérdidas y asegurar indemnización y prestaciones.

  • Valora la gravedad y reiteración del impago.
  • Prepara prueba sólida y cronología detallada.
  • La extinción indemnizada abre opción a paro.

Qué pasa si la empresa es insolvente: FOGASA

Si el juzgado declara la insolvencia de la empresa o esta entra en concurso de acreedores y no pagas, entra en juego el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial). El organismo abona, con límites, salarios e indemnizaciones reconocidos en actas de conciliación, sentencias o autos. En salarios, el tope gira en torno a un máximo diario calculado sobre múltiplos del SMI y un número de días determinado; en indemnizaciones, también existen límites por día y tope total. Aunque no cubre todo, es una red de seguridad crucial para el cobro efectivo.

Para acudir a FOGASA, necesitarás título ejecutivo (acuerdo o sentencia), acreditar la insolvencia o concurso y presentar solicitud en plazo. Es aconsejable preparar el expediente con rigor: identificación, resolución que reconoce la deuda, liquidación exacta por conceptos y períodos, y datos bancarios para el pago. Ten presente que los tiempos administrativos pueden ser largos; por eso conviene iniciar la vía cuanto antes cuando detectes serias dificultades de cobro.

Si la empresa realiza pagos parciales mientras tramitas, actualiza la liquidación. Y plantéate, si aún sigues en la empresa, si te conviene mantener la relación laboral o solicitar la extinción indemnizada. En entornos de insolvencia prolongada, continuar puede acumular más deuda de difícil recuperación.

Tip: guarda una hoja de cálculo con cada mes impagado, bruto, neto, prorratas, pluses y los pagos recibidos, para que FOGASA y el juzgado puedan verificar de un vistazo tu crédito.

Casos especiales: ERTE, teletrabajo, variables y pluses

Los impagos no siempre afectan solo al salario base. En Barcelona, sectores con variables (ventas, comercio, hostelería) y pluses (nocturnidad, festivos, disponibilidad, transporte) son habituales. Si la empresa no liquida correctamente estos conceptos, se reclaman como cantidades debidas con el mismo plazo de un año. Para variables, concreta objetivos, período de devengo, método de cálculo y resultados; ajunta informes y comparativas.

En situaciones de ERTE o reducciones de jornada, distingue lo que paga la empresa de lo que abona la prestación. Si hay diferencias por errores de cálculo o cambios de jornada, documenta con resoluciones administrativas, nóminas y comunicaciones internas. El teletrabajo y los gastos compensables (conexión, equipos, suministros según acuerdo o convenio) también pueden generar deudas si no se abonan las cantidades pactadas o el plus de teletrabajo.

Otro foco son las pagas extra prorrateadas: comprueba si el prorrateo está autorizado en convenio o contrato y si las cuantías coinciden con lo debido en caso de devengo semestral. En variables con componente colectivo (bonus de tienda o equipo), pide a la empresa los datos maestros que justifican los resultados.

  • Variables: especifica criterios, periodicidad y resultados.
  • ERTE/Reducción: separa prestación y salario de empresa.
  • Teletrabajo: reclama plus o gastos pactados.
  • Pagas extra: verifica prorrateo y devengo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si no me pagan la nómina?

Tienes un año desde la fecha en que debió pagarse cada nómina. La papeleta de conciliación ante el SMAC interrumpe ese plazo, por lo que es recomendable presentarla cuanto antes para proteger todas las mensualidades.

¿Debo enviar primero un burofax o puedo ir directamente al SMAC?

Legalmente puedes ir directo a conciliación, pero el burofax sirve para dejar constancia del impago y puede facilitar un acuerdo rápido. Muchas empresas reaccionan tras recibirlo. Si no hay respuesta en 48–72 horas, registra la papeleta.

¿Puedo reclamar intereses por el retraso de la nómina?

Sí. La ley prevé intereses de mora salarial cuando hay retraso en el pago. Inclúyelos en la papeleta y en la demanda; en ejecución, solicita el cálculo actualizado hasta el abono efectivo.

Si la empresa no tiene dinero, ¿sirve de algo demandar?

Sí. La sentencia te permite ejecutar y, en caso de insolvencia o concurso, acudir a FOGASA dentro de sus límites. Sin título (acuerdo o sentencia) no podrás cobrar del Fondo.

¿Cuándo conviene pedir la extinción indemnizada?

Cuando el impago es reiterado o grave y no hay expectativas reales de solución. Suele recomendarse si acumulas varios meses sin cobrar o retrasos continuos. La extinción te reconoce una indemnización y te permite acceder al paro, si cumples requisitos.

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